http://www.elpais.com/articulo/espana/Supremo/confirma/desdoblamiento/M-501/fue/ilegal/elpepuesp/20110218elpepunac_9/Tes
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto
por la Comunidad de Madrid contra la Sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid que declaraba nulo de pleno derecho el acuerdo del
Consejo de Gobierno por el que se aprobó el desdoblamiento de la
carretera M-501. Ecologistas en Acción pedirá la ejecución de sentencia
y estudia la apertura de la vía penal contra los consejeros de
transporte que autorizaron el desdoblamiento y contra Esperanza Aguirre.
La sentencia es firme y no recurrible.
La Sentencia del Tribunal Supremo, entregada a las partes el viernes 18
de febrero, consta de 16 páginas y ha sido emitida por la Sección
Tercera. Esta sentencia responde a un recurso de casación que interpuso
la Comunidad de Madrid, en 2008, contra la Sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid por la que se declaraba nulo de pleno
derecho el acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2005, por
el que se aprobó el desdoblamiento de la carretera M-501, desde el
kilómetro 22 al 39, entre Quijorna y Navas del Rey. Al oeste de la
Comunidad de Madrid.
Este acuerdo se tomó sobre un proyecto que había sido desestimado en
2000 por Alberto Ruiz Gallardón, tras la emisión de una declaración de
impacto negativa por parte de la Consejería de Medio Ambiente y de un
informe, también contrario, del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas.
La Comunidad de Madrid, para justificar, la ejecución del desdoblamiento
declaró el proyecto de interés público por la elevada siniestralidad de
la carretera, a pesar que los datos de la propia Consejería de
Transportes clasificaban la carretera de la M-501 como de baja peligrosidad.
La sentencia, hecha pública, anula los acuerdo tomados por el Consejo de
gobierno y la Consejería de Transportes por diversos motivos. Entre
ellos, cabe destacar la ausencia de consultas previas a la Comisión
Europea, por afectar a un espacio incluido en la Red Natura 2000,
concretamente la Zona de Especial protección para las Aves, denominada
Encinares de los ríos Cofio y Alberche y el Lugar de Interés Comunitario
de las Cuencas de los ríos Alberche y Cofio.
Igualmente, la sentencia considera que no se dan los motivos de interés
público por los que sería justificable la ejecución del proyecto. De
esta forma se afirma que la seguridad vial no es equiparable a los
intereses públicos de salud humana o de seguridad pública, esgrimidos
por la Comunidad de Madrid que justificarían que, a pesar de existir
una declaración de impacto ambiental negativa, se aprobara el
desdoblamiento.
Ecologistas en Acción valora muy positivamente la sentencia y recalca
que se trata de un pronunciamiento judicial firme y no recurrible. En
los próximos días, la organización solicitará la ejecución de sentencia
y la restitución de la zona a su estado anterior al inicio de las obras.
Igualmente iniciará el estudio de apertura de procedimiento penal contra
Esperanza Aguirre y los consejeros de Transporte que autorizaron las
obras, Francisco Granados, Mª Dolores de Cospedal y Elvira Rodríguez. En
todo momento supieron que lo que estaban haciendo era contrario a la
legalidad, incluso se manipularon las cifras de siniestralidad de la
carretera y paralizaron el proyecto de mejora de la carretera (sin
necesidad de desdoblar, que en 2004 ya estaba en fase de expropiaciones.
__________________________________
contraespeculacion@viviendadigna.org
http://www.contraespeculacion.org